RECUERDAN PERMISO ANUAL DE DOS DÍAS A TRABAJADORAS PARA REALIZAR SUS ESTUDIOS.

El Ministerio de Salud recordó que la Ley N.º 6211/18 otorga una licencia remunerada para realizarse la mamografía y PAP, cada año.

La Ley N.º 6211/18, que modifica el artículo 1° de la Ley N.º 3803/2009, otorga a todas las trabajadoras una licencia remunerada obligatoria de 2 días laborables por año para someterse a exámenes de Papanicolau y mamografía, ampliando así el permiso anual de 1 a 2 días.

Este beneficio se da en el marco del Octubre Rosa, dentro de la campaña de prevención del cáncer de mama, impulsada por el gobierno nacional, el Ministerio de Salud Pública y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en forma conjunta.

¿Quiénes son las mujeres beneficiadas?

Todas las trabajadoras, dependientes o no, del sector privado o público, con cargo permanente, temporal o contratadas, con cargo electivo o no.

¿Cómo se otorgan estas licencias?

La trabajadora debe solicitar permiso con antelación, indicando la fecha del examen. Si el empleador no responde por escrito en 48 horas hábiles, la solicitud se considera aceptada.

¿Cuáles son las sanciones en caso de incumplimiento del empleador?

Ante la negativa de usufructo de esta licencia, la patronal puede ser sancionada con una multa de 2 jornales mínimos por cada trabajadora afectada (Resolución MJT Nº 1173/12 – Art. 4).

También te podría gustar...