PROHIBICIÓN CLARA DE USAR PRÉSTAMOS PARA SUELDOS Y AGUINALDOS EN LOS MUNICIPIOS.
La Ley Orgánica Municipal (Ley Nº 3966/10) es explícita respecto al uso de créditos por parte de las municipalidades del Paraguay. En su Artículo 197, define el concepto de crédito público y prohíbe expresamente que las municipalidades realicen operaciones de crédito público para financiar gastos corrientes. Entre esos gastos corrientes están los sueldos, dietas y aguinaldos de funcionarios y colaboradores municipales, que no pueden ser objeto de financiamiento mediante préstamos públicos o bancarios.
La ley sí contempla en su Artículo 196 la posibilidad de obtener préstamos de corto plazo para cubrir déficit temporales de caja, siempre con autorización de la Junta Municipal y dentro del mismo ejercicio fiscal, pero esta figura solo se justifica para ajustar liquidez momentánea, no para financiar obligaciones habituales como sueldos o aguinaldos.
A pesar de esta norma clara, en varios municipios se han aprobado créditos para este tipo de gastos, contraviniendo lo establecido. Juristas sostienen que esa práctica constituye una violación directa del Artículo 197, y que endeudarse para gastos corrientes no solo es ilegal, sino que compromete la estabilidad financiera y fiscal de los gobiernos locales.
Además, la propia Ley Orgánica Municipal establece que intendentes, concejales y funcionarios pueden ser responsables civil y penalmente por actos y operaciones que realicen en contravención a sus disposiciones. Esto significa que aprobar o ejecutar préstamos indebidos para pagar sueldos o aguinaldos no es solo una mala práctica administrativa, sino que puede exponer a los responsables a sanciones por mal desempeño de funciones o violación de la ley.
En conclusión: la ley es clara: los préstamos no pueden usarse para financiar sueldos ni aguinaldos. Los recursos municipales deben provenir de ingresos genuinos, planificación financiera responsable y cumplimiento estricto de la normativa vigente. Ignorar esta prohibición no solo afecta la salud fiscal de los municipios, sino que también puede acarrear consecuencias legales graves para quienes decidan violar la ley.




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