CUESTIONADO JUEZ MIGUEL LÓPEZ LIBERA A PRESUNTO DEPRAVADO Y VÍCTIMAS ENTRAN EN PÁNICO.
Una fuerte polémica se desató tras la resolución emitida hoy viernes por el Juzgado Penal de Garantías de Feria de la Tercera Circunscripción Judicial, presidido por el juez Miguel López, en el marco de una causa por coacción sexual y presunta violación que tenía como víctima a una mujer adulta y su hija menor en la localidad de Jesús Itapúa.
La causa “Eusebio Antonio Báez Acevedo s/ Coacción Sexual y Violación – Exp. N° 666/2026” se inició tras una denuncia presentada ante la Comisaría N° 26 de la ciudad de Jesús por la señora Licy Belén Espínola Escobar (29), quien manifestó haber sido víctima de una conducta de índole sexual no consentida el pasado 21 de enero de 2026 en el barrio Santa Librada de la ciudad de Jesús.
Según consta en el acta de imputación presentada por el Ministerio Público, el acusado habría interceptado a la víctima mientras se desplazaba en motocicleta junto a su hija menor y, tras cerrarles el paso, habría intentado realizar tocamientos de naturaleza sexual. Posteriormente, el sospechoso huyó del lugar. La denunciante afirmó que vecinos le comentaron haber observado comportamientos similares del mismo hombre con otras mujeres en la zona de Jesús y Colonias Unidas.
Tras la denuncia, la Policía logró localizar y aprehender al imputado mientras realizaba trabajos de empedrado en la ciudad de Obligado, secuestrando además la motocicleta señalada en el relato.
El artículo 128 del Código Penal Paraguayo sanciona las conductas de coacción sexual y actos atentatorios contra la libertad sexual, tipificando y penalizando este tipo de hechos cuando se efectúan mediante violencia, amenaza o aprovechamiento de la situación de inferioridad de la víctima.
Sin embargo, en la audiencia de garantías, el juez López no dispuso la medida de prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público y cuestionó la forma en que se había redactado el relato de los hechos. En su resolución, el magistrado ordenó que en un plazo de cinco días se concrete nuevamente la imputación, con una descripción más detallada de la conducta penalmente relevante atribuida a Báez Acevedo, bajo apercibimiento de declarar la falta de acción conforme al artículo 329 del Código Procesal Penal.
La decisión generó preocupación y malestar en organizaciones de mujeres, vecinas del barrio Santa Librada y habitantes de Colonias Unidas, quienes consideran que la liberación temporal del imputado expone a las víctimas y a la comunidad. “Nos sentimos inseguras”, señaló una mujer que prefirió mantener el anonimato, aludiendo al temor ante posibles reiteraciones de la conducta denunciada.
Abogados consultados por este medio explicaron que la figura de coacción sexual, combinada con la posible comisión de otros delitos contra la libertad sexual, requiere una imputación clara y precisa que permita al imputado conocer con exactitud los hechos que se le atribuyen, conforme a las exigencias del artículo 302 del Código Procesal Penal. No obstante, señalaron que esto no debería impedir la aplicación de medidas cautelares efectivas cuando existan indicios suficientes, especialmente si hay riesgo de fuga, de obstrucción de la investigación o de posibles represalias contra las víctimas.
Recordemos que en la Fiscalía Zonal de Colonias Unidas también habrían ingresado otras denuncias contra el presunto depravado. Según trascendió, todas las víctimas serían mujeres, principalmente de los distritos de Hohenau y Obligado, lo que incrementa la preocupación en la comunidad ante la posibilidad de que se trate de conductas reiteradas.
Redacción:#ResumenInformativo




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